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La Fundación realizó un proceso de identificación de acreedores que finalizó en el año 2016, en el cual se logró identificar y efectuar acuerdos de voluntades que permitieron definir los derechos en la relación laboral, definiendo una acreencia financiera de primer orden de prelación legal, que determina, en nuestra planeación del proceso de pago, el primer grupo a ser atendido.

De esta manera, se han constituido los siguientes grupos de atención para el plan de pagos. Cada uno de las personas naturales o jurídicas que se identifiquen en alguno de estos, serán contactados de manera individual y personalizada por el Grupo de Atención del Plan de Pagos para todo lo relacionado con el procedimiento a seguir.

Se atiende en un primer momento el pago integral de aquellos acreedores que han transado previamente su obligación de manera libre y voluntaria con la San Martín. Personas naturales con transacciones suscritas previamente, cuyas acreencias individuales tengan un valor inferior a $50.000.000 cincuenta millones de pesos.

Personas naturales con acuerdo de voluntades suscrito cuyas acreencias individuales tengan un valor igual o superior a $50.000.000 cincuenta millones de pesos.

Persona natural sin acuerdo de voluntades (para lo cual, previamente deberán suscribir acuerdo de voluntades). En la medida que este tipo de acreedores suscriban el acuerdo transaccional con la Fundación, podrán ser pagados conforme el valor de la acreencia definida

Teniendo en cuenta que estos acreedores corresponden a los fondos de pensiones, estas acreencias se irán cubriendo en la medida en que se hacen exigibles, es decir, cuando las personas se acercan al cumplimiento de la edad de pensión, lo que requiere de un trabajo constante para la revisión de las historias laborales.

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